jueves, 26 de septiembre de 2013

CÓMO HACER BIEN LA BONIFICACIÓN 406 POR UN ERE Y NO MORIR EN EL INTENTO

¿Que se siente cuando envías los Seguros Sociales del mes y te contesta Seguridad Social en la  respuesta al envio algo así de... puede que NO te corresponda la bonificación pero que también PUEDE QUE SI?

 Y que todo va a depender de lo que les envie el SEPE.

RESPUESTAS NORMALES:

- "Casi que mejor no  pido la bonificación del 50% de la cuota patronal de contingencias comunes" (pero si en tres meses no pides lo que te corresponde pierdes el plazo para solicitarlo) te dice tu voz incordio interior.
- Asi que...
- Asi que, mejor lo pido y si no me corresponde (que me corresponde porque si no, no lo hubiese pedido y no me hubiera metido en este berenjenal) que me lo reclamen.

PERO qué hay que hacer para estar tranquilos y saber que hemos hecho todo lo necesario:

(Esto solo es ya la parte administrativa de gestión en caso de suspensión por ERE total)

PASO UNO: Comunicación por el sistema red en "situaciones adicionales de afiliación" que vamos a aplicar el 406 bonificacion por ERE desde la fecha de inicio de su ERE. Ver página 2: http://www.seg-social.es/prdi00/groups/public/documents/binario/117189.pdfSolo hay que hacer la comunicación la primera vez que empieza el ERE.

PASO DOS: Todos los meses enviar los certific@2 de los periodos de actividad al SEPE. (hay fechas límites)

PASO CUARTO: Solicitar que el trabajador nos envie toda la documentación de sus tramites con SEPE y copia de demanda de empleo.

Ahora no queda más que esperar que la comunicación entre SEPE y Seguridad Social se agilice y eso me temo ya no está en nuestras manos.