Esta es la respuesta que me dieron en TGSS, os la copio:
"En relación a su consulta
le indicamos que son las propias empresas las que
señalan el grupo de cotización del trabajador, por analogía con su actividad,
categoría profesional y titulación exigida para el desempeño de esa categoría,
limitándose la Tesorería General de la Seguridad Social a reflejarlo a la hora
de su afiliación.
Los grupos de cotización van asociados a la categoría profesional asignada a
cada trabajador de la empresa y a su vez las categorías profesionales vienen
determinadas en los distintos Convenios Colectivos según la rama profesional de
que se trate. Las empresas, mediante negociación colectiva o, en su defecto,
acuerdo con los representantes de los trabajadores, establecerán el sistema de
clasificación profesional de los trabajadores por medio de CATEGORÍAS
PROFESIONALES. Estas categorías se asimilan a los distintos GRUPOS DE
COTIZACIÓN atendiendo a las circunstancias concurrentes en las mismas que
informan del contenido de la actividad ejercida, tales como la exigencia o no
de titulación, funciones desempeñadas y nivel de responsabilidad.
Para el cálculo de las bases de cotización se tienen en cuenta los salarios
percibidos por el trabajador (artículo 147 de la Ley General de Seguridad
Social), sin que en ningún caso la base obtenida pueda ser inferior o superior
a las bases mínimas o máximas establecidas para los correspondientes grupos de
cotización. Las bases mínimas y máximas de cada ejercicio para los distintos
grupos de cotización se fijan en la correspondiente Orden de Cotización.
Las prestaciones a las que pueda tener derecho un trabajador se calculan,
generalmente, en función del tiempo cotizado y de las bases de cotización, sin
que a estos efectos tenga ninguna repercusión el grupo de cotización en el que
el trabajador ha estado dado de alta.
Para más información puede llamar al teléfono 901502050, opción 3, de lunes a
viernes de 9 a 18 horas.
Para cualquier aclaración o ampliación a esta respuesta, deberá formular una
nueva consulta a través del buzón de la página web, indicando el nº asignado a
la respuesta."
Conclusión: Salvo que sean del grupo 1, 2 o 3 los demás no tiene repercusión si están en el 6 o están en el 7...