-¿Qué significa "normal" ?
-¿Por...?
- Porque aquí dice que en vacaciones, a los trabajadores hay que pagarles lo normal o la media .
- ¿Quién ha dicho eso? Anda que menudas pistas.
- Jeje, lo dice el articulo 7 de la OIT número 132, respecto a cómo se pagan las vacaciones.
- A lo mejor quería decir que, lo único que no se tiene que pagar en vacaciones son los conceptos extraordinarios o excepcionales.
- Escucha lo que dice mas o menos este laudo: "Si en la nómina de vacaciones se pagase menos que en la nómina habitual, entonces el trabajador no querría cogerse las vacaciones, ya que eso le supondría una minoración en los ingresos y que tal vez no podría asumirlo"
- Eso lo entiendo mas.
-¿Por...?
- Porque aquí dice que en vacaciones, a los trabajadores hay que pagarles lo normal o la media .
- ¿Quién ha dicho eso? Anda que menudas pistas.
- Jeje, lo dice el articulo 7 de la OIT número 132, respecto a cómo se pagan las vacaciones.
- A lo mejor quería decir que, lo único que no se tiene que pagar en vacaciones son los conceptos extraordinarios o excepcionales.
- Escucha lo que dice mas o menos este laudo: "Si en la nómina de vacaciones se pagase menos que en la nómina habitual, entonces el trabajador no querría cogerse las vacaciones, ya que eso le supondría una minoración en los ingresos y que tal vez no podría asumirlo"
- Eso lo entiendo mas.
- Conclusión, la nómina del mes de vacaciones debe ser igual a la que hubiese tenido de no haber cogido vacaciones.
- Claro, no hay que pensar que las vacaciones son solo de salario base o complementos personales. Si no que también habrá que pagar en esa nómina los complementos de puesto de trabajo (nocturnidad, turnicidad) si estos son habituales ¿no?
- Salvo que el Convenio Colectivo diga otra cosa, si, así debe ser.
¿Y los complementos extrasalariales? ¿Habrá que incluir también el plus transporte, ropa de trabajo o las dietas?
- No eso seguro que no debe entrar, si durante las vacaciones no hay que trabajar no se producirán dichos gastos.
¿Y las horas extras?
- Claro, no hay que pensar que las vacaciones son solo de salario base o complementos personales. Si no que también habrá que pagar en esa nómina los complementos de puesto de trabajo (nocturnidad, turnicidad) si estos son habituales ¿no?
- Salvo que el Convenio Colectivo diga otra cosa, si, así debe ser.
¿Y los complementos extrasalariales? ¿Habrá que incluir también el plus transporte, ropa de trabajo o las dietas?
- No eso seguro que no debe entrar, si durante las vacaciones no hay que trabajar no se producirán dichos gastos.
¿Y las horas extras?
Tampoco por ser extraordinarias.
¿Y una mejora voluntaria que se cobra todos los meses?
Tu misma estas dando la respuesta, al ser habitual también te lo tiene que pagar.
Pues vaya... para terminar y si te lo pagan solo por día efectivamente trabajado.
Entonces te pagarán esos días efectivamente pagados que haya ese mes de vacaciones.
Vale.
Pero ojo que hay que leerse el Convenio.
Vaaale.
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