...aunque hayáis ido a la huelga.
Se resta al trabajador:
- Su día de trabajo.
- la parte proporcional de los descansos obligatorios.
- la parte proporcional de las pagas extraordinarias.
(Sigo sin inspiración y no se me ocurre ningún cuentecillo, pero bueno para esto si que he encontrado un hueco, que oigo por todas partes que te restan también la parte de vacaciones y eso no es)
3 comentarios:
Muy buen blog Mª Jesús y una manera muy amena de explicar cosas complejas de una manera muy entendible. Espero que no pierdas tu peculiar inspiración.
Un saludo.
Más que un comentario tengo una duda: lo que te restan ¿lo hacen en una sola vez?
Jo!! qué bien lo explicas...cómo te echamos de menos del curso de RR.HH.de Acd.S.Isidro de Getafe...
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