Real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo
EDAD
DEL JUBILADO PARCIAL
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Dos años con respecto a la edad de
jubilación legal con período
transitorio
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COTIZACIÓN MÍNIMA
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33 años
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25 años en caso
de discapacidad
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ACCESO
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El trabajador debe tener una antigüedad
en la empresa de 6 años
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CONDICIONES
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Porcentaje de reducción
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Reducción de jornada del interesado
(jubilado parcial): entre el 25% y el
50%
.
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o hasta 75%, si al trabajador nuevo (relevista)
se le hace un contrato a
tiempo completo e indefinido
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Situación del relevista
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Debe ser alguien que se encuentre
en 1 de estas tres situaciones
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:a) Un desempleado
b) Un trabajador de la
empresa con contrato limitado
c) O un socio trabajador de
una cooperativa o de trabajos asimilados (en trabajadores por cuenta
ajena).
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Base de Cotización
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Debe existir un 65% de equivalencia entre la base de cotización
del jubilado parcial y su relevo.
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Duración
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El contrato del empleado nuevo tiene que durar hasta que el trabajador mayor alcance
la edad legal de retiro en cada
momento. Si tiene contrato indefinido, se suman dos años más.
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Cotización
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Ambos trabajadores cotizan por
un 100% de la jornada (50% en 2013, incrementándose un 5% año a
año)
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