viernes, 13 de julio de 2012

DEFINICIÓN DE CAUSAS ECONÓMICAS DESPUÉS DE LA REFORMA LABORAL 2012

Se establece que concurrirá causa económica cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, en casos tales como:

  • La existencia de pérdidas, actuales o previstas,
  •  o la disminución persistente de su nivel de ingresos ORDINARIOS o ventas.

 En todo caso, se entenderá que la disminución es persistente si durante dos trimestres consecutivos el nivel de ingresos ordinarios o ventas de cada trimestre es inferior al registrado en el mismo trimestre del año anterior”.

Antes no se hablaba de nivel de ingresos ordinarios ni la referencia al mismo trimestre del año anterior.

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