1. El permiso ahora se vincula a la actividad de la empresa antes esta vinculación se refería al puesto de trabajo,
2. Acumulables por un período de hasta 5 años antes 3 años.
3. La forma de su disfrute se concreta en convenio colectivo y, en su defecto, por acuerdo entre empresario y trabajador antes solo el pacto entre partes.
4. Participación de los centros y entidades de formación acreditados, a través de sus “específicas organizaciones representativas” antes la participación de estos centros era directa e individualizada.
1 comentario:
¿Se entiende que esos 5 años son acumulables hacia delante o hacia atrás? Es decir, ¿puedo tomar un año 25 horas y el siguiente 15, o al revés, tomar un año 25 porque el anterior solo usé 15?
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