NUEVO DERECHO PREFERENTE A OCUPAR OTRO PUESTO DE TRABAJO PARA TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD Y VICTIMAS DEL TERRORISMO con la Ley 3/2012.
1.
Se establece el derecho preferente de los trabajadores discapacitados,
a ocupar otro puesto de trabajo que la
empresa tuviera vacante en otro de sus centros de trabajo.
Este derecho, está sometido a las siguientes condiciones:
·
Ha de acreditar el trabajador la necesidad de recibir fuera de su localidad el tratamiento
de rehabilitación, físico o psicológico relacionado con su discapacidad.
·
El
puesto de destino respecto del que se predica la preferencia para el traslado
debe ser del mismo grupo profesional que el de origen.
·
El
centro de la empresa al que se pretende el traslado debe radicar en una
localidad en que sea más accesible el tratamiento para el trabajador.
2. Se incluye como beneficiarios de ese
derecho preferente junto a las víctimas de violencia de género, ahora también a
las víctimas del terrorismo .
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